Elegir entre un seguro a todo riesgo o a terceros parece una decisión puramente económica que se toma una vez al año, al renovar la póliza. Pero su verdadero alcance se descubre el día que sufres un accidente. Es entonces cuando surgen las preguntas: ¿quién me arregla el coche?, ¿me pagan mis lesiones aunque la culpa sea mía?, ¿puedo elegir abogado?, ¿qué pasa si el coche es siniestro total? La respuesta depende, en buena parte, de lo que hayas contratado.
En la Fundación AVATA atendemos cada día a víctimas de accidentes que descubren demasiado tarde que su póliza no cubría lo que pensaban, o que, al contrario, tenían coberturas que desconocían. En esta guía te explicamos, con claridad, qué cubre cada modalidad, qué cambia realmente en caso de accidente y en qué situaciones la diferencia es decisiva.
El punto de partida: el seguro obligatorio
Todo vehículo a motor que circula en España debe tener contratado el seguro de responsabilidad civil obligatorio, conforme a la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Es la base de cualquier póliza, sea a terceros o a todo riesgo, y cubre, dentro de los límites legales:
- Los daños personales que causes a otras personas: ocupantes de otros vehículos, peatones, ciclistas y también los pasajeros de tu propio coche.
- Los daños materiales que causes a terceros: otros vehículos, objetos, mobiliario urbano, inmuebles.
Lo que no cubre el seguro obligatorio es igual de importante:
- Los daños personales del conductor del vehículo asegurado cuando es el responsable del accidente.
- Los daños de tu propio vehículo.
- Los daños causados a las cosas transportadas en tu vehículo o a los bienes del propio tomador, asegurado o conductor, en los términos que fija la ley.
Sobre esta base obligatoria, las aseguradoras ofrecen distintos paquetes de coberturas voluntarias. Ahí es donde aparecen las modalidades de terceros, terceros ampliado y todo riesgo.
Qué incluye cada modalidad
Seguro a terceros básico
Incluye el seguro obligatorio y, normalmente, la responsabilidad civil voluntaria, que amplía los límites del obligatorio. Suele añadir coberturas como la defensa jurídica y la asistencia en viaje, aunque cada compañía tiene su propio producto.
Seguro a terceros ampliado
Además de lo anterior, añade coberturas como la rotura de lunas, el robo o el incendio del vehículo, y a veces otras garantías. Sigue sin cubrir, en general, los daños propios del vehículo en un accidente del que seas responsable.
Seguro a todo riesgo
Añade la cobertura de daños propios: tu aseguradora repara o indemniza tu vehículo aunque tú seas el culpable del accidente, o aunque no se identifique al responsable. Puede contratarse sin franquicia o con franquicia, en cuyo caso pagas tú una parte de cada reparación a cambio de una prima más baja.
Una cobertura clave que no depende de la modalidad: accidentes del conductor
Muchas pólizas, tanto a terceros como a todo riesgo, incluyen o permiten añadir un seguro de accidentes del conductor u ocupantes, que indemniza al conductor por sus propias lesiones según unas cantidades pactadas. Es la cobertura que protege al conductor cuando la culpa es suya. Conviene revisar si la tienes y con qué capitales.
Las coberturas que suelen pasar desapercibidas
Al comparar precios, muchos conductores se fijan solo en la etiqueta de «terceros» o «todo riesgo». Sin embargo, hay garantías que marcan una gran diferencia el día del accidente y que conviene revisar en el condicionado: el vehículo de sustitución mientras se repara el tuyo, la asistencia en viaje desde el kilómetro cero, la cobertura de objetos personales dañados, la reclamación de daños frente al responsable incluida en la defensa jurídica o los anticipos de indemnización. Dos pólizas con el mismo nombre comercial pueden ofrecer protecciones muy distintas.
Si conduces una moto
Todo lo anterior se aplica también a las motocicletas, pero con un matiz importante: el motorista que sufre una caída sin terceros implicados, o que es responsable del accidente, queda especialmente desprotegido si no tiene un seguro de accidentes del conductor, porque sus lesiones suelen ser más graves que las de un ocupante de turismo. En las motos, revisar los capitales de esa cobertura es casi tan importante como decidir si se contratan los daños propios.
Seguro a todo riesgo o a terceros: qué cambia si el accidente no es culpa tuya
Aquí está la idea más importante de este artículo: si el accidente lo causa otro conductor, tus derechos frente a su aseguradora son los mismos tengas la póliza que tengas. La aseguradora del responsable debe indemnizar:
- Tus lesiones, conforme a los baremos de tráfico de la Ley 35/2015.
- Los daños de tu vehículo y de tus objetos personales.
- Los gastos y el lucro cesante derivados del accidente.
- Las lesiones de tus pasajeros.
Entonces, ¿qué aporta el todo riesgo en este caso?
Principalmente, rapidez y comodidad en la reparación del vehículo. Si la culpa del otro conductor es discutida o su aseguradora tarda en responder, tu compañía puede reparar tu coche con cargo a la cobertura de daños propios y después reclamar a la aseguradora contraria. Además, las aseguradoras tienen convenios entre ellas para agilizar la tramitación de los daños materiales en los accidentes más habituales.
Y con un seguro a terceros
Si la responsabilidad del otro conductor está clara, su aseguradora te pagará la reparación igualmente. Si se discute, tendrás que esperar a que se resuelva o reclamar por vía judicial. Aquí la cobertura de defensa jurídica de tu póliza es muy valiosa.
Las lesiones no dependen de tu póliza
Es un error frecuente pensar que con un seguro a terceros «se cobra menos» por las lesiones. No es así. Tus lesiones las paga la aseguradora del responsable conforme al baremo, con independencia de que tú tengas contratado un seguro a terceros o a todo riesgo. Tras la reclamación, esa aseguradora debe presentarte una oferta motivada o una respuesta motivada en el plazo de tres meses.
Qué cambia si el accidente es culpa tuya
Aquí sí hay diferencias importantes:
- Daños a terceros: los cubre siempre tu seguro, sea a terceros o a todo riesgo.
- Lesiones de tus pasajeros: las cubre siempre tu seguro obligatorio. Tus acompañantes tienen derecho a reclamar a tu aseguradora, aunque sean tu pareja o tus hijos.
- Daños de tu vehículo: solo los cubre el todo riesgo, con o sin franquicia. Con un seguro a terceros, la reparación corre de tu cuenta.
- Tus propias lesiones: el seguro obligatorio no las cubre. Solo recibirás una indemnización si tienes contratado un seguro de accidentes del conductor, y en la cuantía pactada en la póliza, que suele ser muy inferior a la que resultaría del baremo.
Ten en cuenta, además, que una indemnización pactada en póliza funciona de forma distinta a la del baremo: se paga según las tablas y los capitales que figuran en el contrato, y no según el perjuicio real calculado con el sistema de valoración. Por eso conviene leer con atención qué lesiones y qué cantidades cubre.
Por eso, para muchos conductores, la cobertura de accidentes del conductor con capitales suficientes es tan importante como la elección entre terceros y todo riesgo.
Qué cambia si la culpa es compartida, dudosa o desconocida
Cuando ambos conductores contribuyeron al accidente, o cuando cada uno culpa al otro y no hay pruebas concluyentes, la situación se complica:
- Con todo riesgo, tu compañía puede reparar tu coche mientras se discute la responsabilidad, aplicando en su caso la franquicia.
- Con terceros, la reparación dependerá del reparto de culpas que se acuerde o se declare judicialmente, y puede que solo te paguen una parte.
- Tus lesiones, en caso de culpa compartida, se indemnizan por la aseguradora contraria en proporción a la responsabilidad de su conductor.
- Los pasajeros de ambos vehículos tienen derecho a cobrar la totalidad de su indemnización, que se reparten las aseguradoras.
Si no se identifica al responsable o no tiene seguro
Si el vehículo causante se da a la fuga o no tiene seguro, interviene el Consorcio de Compensación de Seguros en los supuestos previstos por la ley. Para los daños personales, el Consorcio indemniza conforme al baremo. Para los daños materiales, su cobertura es más limitada, especialmente cuando el vehículo es desconocido.
En este escenario, el todo riesgo marca una diferencia importante: tu compañía puede hacerse cargo de la reparación de tu vehículo con la cobertura de daños propios, mientras que con un seguro a terceros podrías quedarte sin cobrar los daños materiales si no se dan los requisitos para que intervenga el Consorcio.
El siniestro total: valor venal, valor de mercado y valor a nuevo
Cuando el coste de la reparación supera el valor del vehículo, la aseguradora suele declarar el siniestro total. Es una de las situaciones que más conflictos generan:
Si el responsable es otro conductor
Su aseguradora suele ofrecer el valor venal, es decir, el valor de venta del vehículo en el momento del accidente, que en coches con años puede ser muy bajo. Sin embargo, los tribunales han reconocido en muchos casos que el perjudicado tiene derecho a una indemnización que le permita reponer un vehículo de características similares, lo que puede incluir el llamado valor de afección u otros conceptos. Es un terreno en el que conviene asesorarse antes de aceptar.
Si tienes todo riesgo y reclamas a tu compañía
Lo que recibas dependerá de lo que diga tu póliza. Muchas pólizas de todo riesgo garantizan el valor a nuevo durante un periodo determinado desde la primera matriculación y, después, el valor venal o un valor de mercado incrementado. Revisa estas condiciones antes de contratar.
Antes de aceptar la valoración del coche
Tanto si reclamas a la aseguradora contraria como a la tuya, pide por escrito el informe pericial del vehículo y la valoración ofrecida. Compara ese importe con anuncios de vehículos similares en marca, modelo, año y kilometraje. Si tu coche tenía extras, un mantenimiento reciente documentado o un estado especialmente bueno, apórtalo. Y no autorices el desguace hasta tener clara la indemnización, porque el vehículo puede ser necesario como prueba.
La defensa jurídica y la libre elección de abogado
Una de las coberturas más útiles, y menos conocidas, es la defensa jurídica, presente en muchas pólizas tanto a terceros como a todo riesgo. Permite que tu aseguradora asuma los gastos de reclamar frente al responsable o de defenderte en un procedimiento.
Un dato importante: la Ley de Contrato de Seguro reconoce al asegurado el derecho a elegir libremente el abogado y el procurador que le representen, en lugar de los que le proponga la compañía. Las pólizas suelen fijar un límite económico para los honorarios cuando se elige un profesional externo. Esto significa que puedes acudir a abogados de accidentes de tráfico de tu confianza y que tu póliza pueda cubrir, total o parcialmente, sus honorarios. Revisa el condicionado de tu póliza o pide que te lo revisemos.
Ejemplo orientativo: dos conductores, el mismo accidente
Imaginemos un caso hipotético. Dos conductoras, Conductora A y Conductora B, sufren exactamente el mismo accidente en días distintos: otro vehículo se salta un semáforo en rojo y las golpea en el lateral. Las dos sufren un esguince cervical con varias semanas de rehabilitación y daños importantes en el coche.
- La Conductora A tiene un seguro a terceros. Reclama a la aseguradora del vehículo que se saltó el semáforo sus lesiones y los daños de su coche. La aseguradora contraria acepta la responsabilidad, presenta la oferta motivada y paga tanto la reparación como la indemnización por las lesiones conforme al baremo.
- La Conductora B tiene un seguro a todo riesgo. Su compañía repara el coche de inmediato y después reclama a la aseguradora contraria. Por sus lesiones, reclama a la aseguradora del vehículo responsable, exactamente igual que la Conductora A.
Resultado: ambas cobran por sus lesiones lo que les corresponde según el baremo. La diferencia está en la gestión de la reparación. Ahora bien, si el otro conductor hubiera huido sin ser identificado, la Conductora B habría tenido la reparación cubierta por su póliza, mientras que la Conductora A podría haber tenido más dificultades para cobrar los daños materiales. Y si la culpa hubiera sido de ellas, ninguna habría cobrado por sus lesiones salvo que tuvieran un seguro de accidentes del conductor. Es un ejemplo orientativo: cada póliza y cada caso tienen sus particularidades.
Cómo elegir: preguntas que conviene hacerse
- ¿Cuánto vale mi coche? En un vehículo nuevo o de alto valor, el todo riesgo suele compensar. En uno con muchos años, quizá no.
- ¿Podría asumir la reparación o la pérdida del coche si el accidente fuera culpa mía?
- ¿Tengo contratado un seguro de accidentes del conductor? ¿Con qué capitales?
- ¿Incluye mi póliza defensa jurídica con libre elección de abogado? ¿Hasta qué límite?
- ¿Qué valor me pagarán en caso de siniestro total?
- ¿Hay franquicia? ¿Cuánto tendría que pagar en cada reparación?
- ¿Incluye asistencia en viaje desde el kilómetro cero y vehículo de sustitución?
Qué hacer tras un accidente, tengas el seguro que tengas
- Protege la zona, activa la baliza V-16, ponte el chaleco y llama al 112 si hay heridos.
- Pide la presencia de la policía si hay lesionados o desacuerdo.
- Rellena el parte amistoso solo si estáis de acuerdo en lo ocurrido.
- Toma fotografías y datos de testigos.
- Acude a urgencias el mismo día, aunque te encuentres bien.
- Comunica el siniestro a tu aseguradora en el plazo que marca la póliza.
- Reclama tus lesiones a la aseguradora del responsable y no aceptes ninguna oferta sin que la revisen profesionales.
- Recuerda que, con carácter general, el plazo para reclamar es de un año, con matices según el caso.
Cómo te ayuda la Fundación AVATA
En la Fundación AVATA ofrecemos ayuda al accidentado sea cual sea tu póliza. Nuestro equipo te ayuda a:
- Entender qué cubre tu seguro y qué debes reclamar a cada compañía.
- Reclamar tus lesiones con abogados especializados en accidentes de tráfico, que revisan la oferta motivada de la aseguradora y comprueban que se ajusta a los baremos de tráfico.
- Utilizar tu cobertura de defensa jurídica y tu derecho a la libre elección de abogado.
- Documentar tus lesiones con orientación médica.
- Afrontar el impacto emocional del accidente con atención psicológica.
Tenemos delegaciones en León, Valladolid, Asturias, Bilbao y Madrid y atendemos a distancia en toda España.
¿Has tenido un accidente y no sabes qué te cubre tu seguro? Contacta con la Fundación AVATA y solicita tu primera consulta gratuita y sin compromiso. Revisaremos tu caso y te diremos qué puedes reclamar para obtener la indemnización por accidente de tráfico que te corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Cobro menos por mis lesiones si tengo un seguro a terceros?
No. Si la culpa es de otro conductor, tus lesiones las paga su aseguradora conforme al baremo, con independencia de tu modalidad de seguro.
Si el accidente es culpa mía, ¿quién paga mis lesiones?
El seguro obligatorio no cubre las lesiones del conductor responsable. Solo cobrarás si tienes contratado un seguro de accidentes del conductor, en las cantidades pactadas en tu póliza.
¿Mis pasajeros están cubiertos aunque tenga un seguro a terceros?
Sí. Las lesiones de los pasajeros las cubre siempre el seguro obligatorio, aunque el conductor sea el responsable y aunque sean familiares.
¿Me conviene un todo riesgo con franquicia?
Depende del valor de tu coche, de tu forma de conducir y de tu capacidad para asumir la franquicia en cada reparación. Suele ser una opción intermedia razonable para muchos conductores.
¿Puedo elegir mi propio abogado aunque la aseguradora me ofrezca uno?
Sí. Si tu póliza incluye defensa jurídica, la ley te reconoce el derecho a elegir libremente abogado, normalmente con un límite de honorarios fijado en la póliza.
¿Cuánto cuesta la primera consulta con la Fundación AVATA?
Es gratuita y sin compromiso.

