Se acerca la semana santa y seguro que muchos tenéis planes de viajar al extranjero (Unión Europea). Si es así, os informamos que el tópico de “como estoy en el extranjero esta multa no me llega”, os puede dar una sorpresa a la vuelta de las vacaciones, puesto que: Las imprudencias cometidas en el extranjero dentro de la UE, también llegan, y se pagan.

Hace unos años, cometer infracciones fuera del país, cuando se viajaba como turista no preocupaba a nadie puesto que en contadas ocasiones se notificaban. La razón era muy sencilla, la dificultad para localizar al infractor, por lo que si se cometían infracciones tales como exceso de velocidad por ejemplo, salvo que lo parara la autoridad competente en el momento, podríamos decir que salía impune de dicha acción imprudente.

Dicha situación era alarmante dado el gran número de conductores que salía impune de sus imprudencias, así como que dicha información fomentaba que algunos usuarios de la vía estuvieran más predispuestos a la ejecución de la infracción. Por ello, el 6 de mayo de 2015 entra en vigor la Directiva comunitaria 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial. Esto permite que los conductores que cometan infracciones en el extranjero no puedan evitar las multas.

Esta nueva normativa está vigente en todos los países de la Unión Europea, a excepción de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que entra hoy en vigor, el 6 de mayo de 2017, fecha límite que dichos países tienen para adoptar las disposiciones nacionales necesarias. Mediante esta normativa se permite a los estados miembros de la UE acceder a los registros de vehículos de la Jefatura Central de Tráfico con objeto de llevar a cabo las pesquisas necesarias para identificar a los propietarios de vehículos matriculados en España , y así localizar al infractor y tramitar la sanción correspondiente.

Este intercambio de datos NO afecta a todas las infracciones sino que queda reducido a las siguientes:
Exceso de velocidad.

No utilización del cinturón de seguridad.
No detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de stop.
Conducir con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas.
Conducir con presencia de drogas en el organismo.
No hacer uso del casco de protección.
Circulación por carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios.
Teléfono móvil.
Si cometemos una de estas infracciones en el extranjero, el país donde haya tenido lugar, se comunicara con la DGT quien le facilitara los datos del propietario del vehículo, siendo que posteriormente recibiremos la sanción por escrito, con las condiciones, forma de pago, plazos etc… Todo según lo que estipule la ley de dicho país.

Y que pasa con los puntos? Al conocer la normativa seguro que muchos os estaréis haciendo esta pregunta. En este sentido, no se aplican puesto que no existen mecanismos que permitan ejecutar estas sanciones accesorias. Cierto es, que existen países de la Unión europea en los cuáles también están operativos sistemas similares a los nuestros, y el carnet por puntos, pero en la práctica no se retrotraen ni a los españoles ni a los extranjeros que infrinjan en nuestro país. Si bien es cierto, que esto siempre está supeditado a cualquier convenio que se firme entre los países, o reformas.

Es comprensible, y estamos de acuerdo con este tipo de reformas, dado que en la sociedad de hoy en día, se han incrementado los desplazamientos al extranjero, y en sentido contrario España es un país muy visitado. No debemos dejar que una mala conducta quede impune. En España cerca de un millón de infracciones cometidas por extranjeros quedaban impunes según estudios de la AEA.

Es muy importante, en consecuencia, que os informéis de las normativas existentes en el país que visitéis, ya que podéis cometer infracciones de forma inconsciente por desconocimiento, y llevaros un susto a la vuelta de las vacaciones. Para ello podéis consultar la normativa en la página web de la Comisión Europea que ofrece información de todos los países de la UE.

Los datos existentes revelan que entre los españoles la infracción más común es el exceso de velocidad, y los países que más nos sancionan Francia, seguida de Portugal, Croacia y Hungría.
Buen Viaje